Derechos y Obligaciones de los Colegiados
Según la Ley Orgánica del
Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras
Derechos
· Ejercer libremente su profesión en el país.
· Gozar de la protección de los beneficios del Colegio, tales como:
o Ayudas prestadas en atención al Plan de Ayuda Solidaria.
o Beneficios otorgados por el Plan de Auxilio Médico, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el respectivo reglamento.
o Prestaciones y servicios otorgados por el Fondo de Auxilio Mutuo, como ser: seguro de Vida, auxilio inmediato (en caso de muerte del colegiado), indemnización por muerte accidental o desmembramiento y pensión por invalidez; siempre que cumplan los requisitos establecidos en los reglamentos.
· Tomar parte en las deliberaciones de Asamblea General y emitir su voto.
· Desempeñar cátedras y cargos en las Universidades, Escuelas Superiores y demás centros de enseñanza del país.
· Ser elegible y poder desempeñar cualquier cargo en el Colegio.
· Ser atendido debidamente en el Colegio al presentar a la consideración de éste, alguna consulta o cuando solicite la protección del mismo en el ejercicio de su profesión.
· Convenir sus honorarios con los clientes sin reducir las tarifas asignadas en el Arancel respectivo.
· Agruparse en Asociaciones por especialidades de acuerdo con la Ley.
· Representar empresas, consultoras y constructoras ante el Colegio.
· Representar y ser representado ante las Asambleas Generales.
· Apelar las decisiones del Tribunal de Honor que le afecten , en el tiempo y forma establecido por la Ley
· Uso del sello profesional en los documentos relacionados a la misma.
· Los estudiantes de ingeniería que cumplan los requisitos pueden obtener una beca por parte del Colegio hasta la culminación de sus estudios.
· Uso de las instalaciones físicas del Colegio , según el reglamento respectivo.
· Obtener un carné de identificación por parte del Colegio de Ingenieros Civiles.
Obligaciones
· Observar una conducta ajustada a las normas de ética profesional.
· Empeñarse por la superación y prestigio de la profesión.
· Cumplir fielmente en el ejercicio de la profesión con las leyes, acuerdos y resoluciones emanadas del Colegio.
· Concurrir de por sí o por representante a las Asambleas Generales, ordinarias y extraordinarias.
· Desempeñar los cargos y comisiones que se les encomienden.
· Pagar con puntualidad las cuotas o contribuciones ordinarias y extraordinarias que fueren acordadas por la Asamblea General.
· Mantener vigente el espíritu de solidaridad y ayuda mutua en sus relaciones con los demás miembros del Colegio.
· Denunciar ante la Junta Directiva, el ejercicio ilegal de la profesión.
· Prestar su colaboración cuando sea requerida por las autoridades del Colegio o sus comisiones.
· Colocar el timbre emitido por el colegio a los documentos que o requieran según la Ley.
· Inscripción en el Colegio de empresas dedicadas a actividades relacionadas con la Ingeniería Civil.
· Uso del sello profesional en los documentos relacionados a la misma.
· Uso del cuaderno de bitácoras para todos los colegiados involucrados en proyectos de ingeniería.
· Mantener las instalaciones físicas del Colegio en buen estado, cuando las mismas le hayan sido prestadas.
· Presentación del carné de identificación, en todos aquellos actos en que intervenga en el ejercicio de la profesión.